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Servicio de Seguridad y Salud Ocupacional CAPIA

La Cámara de la Pequeña Industria del Azuay – CAPIA, en cumplimiento de sus objetivos y ante la normativa extendida por el Ministerio de Trabajo de exigir el cumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos de trabajo ofrece el Servicio de Seguridad y Salud Ocupacional CAPIA para cubrir las necesidades de sus afiliados en los temas de seguridad y salud ocupacional.
OBJETIVOS DEL SERVICIO:
Conseguir el perfeccionamiento técnico y profesional de sus afiliados, mediante actividades de capacitación integral del personal perteneciente a las empresas socias de la Cámara.
Brindar a sus afiliados asesorías e información en los campos técnicos, económicos, financieros, jurídicos y administrativos que requieran.
El Servicio de Seguridad y Salud Ocupacional CAPIA, en cumplimiento con la normativa vigente en donde se estipula que el empleador deberá efectuar el registro, aprobación, notificación y/o reporte de obligaciones laborales en materia de seguridad y salud en el trabajo respecto de los siguientes temas:
  • Responsable de la Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Reglamento de Higiene y Seguridad.
  • Organismos Paritarios.
  • Identificación de peligros; medición, evaluación y control de riesgos laborales;
  • Planes de prevención de riesgos laborales, salud en el trabajo, emergencia, contingencia:
  • Gestión de Vigilancia de la Salud.
  • Programas de prevención, promoción y capacitación en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Accidentes e incidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Genera planes de acción basado en tres ejes: cumplimiento de la normativa ante el Ministerio del Trabajo, vigilancia de la salud y realización de exámenes médicos. Esto con la finalidad de crear ambientes de trabajo seguros y responsables al interior de la empresa:
  • Requisitos del MDT hasta el 31 de enero de cada año:
    • Plan de Capacitación en el SUT
    • Plan Integral de Gestión de Riesgos
  • Requisitos del MDT hasta el 31 de diciembre de cada año:
    • Programa de Prevención de Riesgos Piscosociales.
    • Programa de prevención de uso y consumo de drogas.
    • Informe y plan de trabajo del Comité Paritario.
    • Registro del Médico y del Responsable de Seguridad y Salud Ocupacional.
“En caso de incumplimiento de las obligaciones laborales (…) El Ministerio impondrá al empleador una multa equivalente a doscientos dólares por cada trabajador hasta un máximo de 200 SBU.”
MÁS INFORMACIÓN:

Ing. Ximena Mora
Coordinadora Capacitaciones y SSO CAPIA
(07) 2800 949 – 099 406 2165
capacitaciones@capia.com.ec

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